SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2018-S4
Fecha: 02-Ago-2018
denegó
El Juez Público Civil y Comercial Quinto del departamento de Santa Cruz, en suplencia legal de su similar Cuarto, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 02/2018 de 23 de febrero, cursante de fs. 98 a 99, denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: 1) El impetrante de tutela incumplió con la presentación de la fotocopia legalizada del Título en Provisión Nacional, situación que no puede ser subsanada posteriormente, ya que ni el Reglamento ni la Convocatoria establecen esa posibilidad; y, 2) El accionar de la Comisión Calificadora, se enmarcó dentro de los actos administrativos, no existiendo en consecuencia, lesión a ningún derecho o garantía constitucional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- i)
- derecho fundamental
- principio
- garantía jurisdiccional
- III.2.
- CONFIRMAR