SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0404/2018-S1

Fecha: 14-Ago-2018

II.1.

II.1.  Por Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/UAS/025/16 de 1 de diciembre de 2016, el Jefe Departamental de Trabajo de Santa Cruz del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, ordenó a la Fundación INFOCAL del referido departamento que proceda a la reincorporación del trabajador Robert Luis Columba Galviz -ahora accionante-, respetando la inamovilidad funcionaria por fuero sindical, restituyendo la carga horaria y el haber correspondiente a los tres grupos que tenía a su cargo al inicio de la gestión académica 2016, más la reposición de sueldos desde la reducción de la carga horaria y manteniendo su antigüedad (fs. 54 a 55).

         El 13 de marzo de 2017, el impetrante de tutela presentó acción de amparo constitucional contra la Fundación INFOCAL Santa Cruz, pidiendo que se ordene se dé cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/UAS/025/16 y proceda a su reincorporación al mismo puesto de trabajo como docente, restituyéndole los tres grupos de alumnos en los horarios pertinentes, más el pago de sueldos y reconocimiento de antigüedad (fs. 252 a 261), mediante la Resolución 2/2017 de 21 del mismo mes, la Jueza Pública de Familia Quinta del mencionado departamento, concedió la tutela en forma parcial sólo en lo concerniente a la reincorporación del peticionante de tutela a la indicada Fundación como docente en el área de electrónica, y denegando en cuanto al pago de salarios devengados, disponiendo que para ello acuda ante el Juez Laboral (fs. 275 a 282). En revisión, se expidió la SCP 0518/2017-S3 de 9 de junio, que revocó la Resolución 2/2017 y denegó la tutela solicitada por considerar que el pedido de tutela constitucional, referido al cumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/UAS/025/16 no podía ser acogido, dado que ésta fue dejada sin efecto por Resolución de 29 de diciembre de 2016, estando pendiente el recurso jerárquico (fs. 285 a 295).

En recurso jerárquico se dictó la RM 452/17 de 5 de junio de 2017, por la cual, el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social revocó la Resolución “Administrativa” de 29 de diciembre de 2016, dejando firme y subsistente la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/UAS/025/16 (fs. 365 a 367).

         El 11 de diciembre de 2017, el ahora accionante planteó la presente acción de amparo constitucional contra la referida Fundación, pidiendo se ordene el cumplimiento de la RM 452/17, que revocó la Resolución “Administrativa” de 29 de igual mes de 2016, dejando firme y subsistente la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/UAS/025/16; en consecuencia, solicita se ordene a la indicada Fundación proceda a su reincorporación laboral al mismo puesto que ocupaba como docente, restituyéndole los tres grupos de alumnos en los horarios pertinentes, reponiendo los sueldos devengados y manteniendo su antigüedad (fs. 338 a 346 vta.).