Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
El Juez Público Civil y Comercial Sexto de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 058/2018 de 21 de febrero, cursante de fs. 61 a 62, declaró la improcedencia de la presente acción de amparo constitucional, señalando que no demostró haber agotado la vía administrativa, por cuanto, presentó recurso de revocatoria contra el Memorándum CM-DIR.NAL. RR.HH.- J-0291/2017 y no acreditó que haya interpuesto recurso jerárquico contra la Resolución RR/SP 121/2017; por lo que, se hace viable la causal prevista en el art. 53.3 del Código Procesal Constitucional (CPCo).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. El derecho al debido proceso
- Fragmento 17
- III.2. Sobre el derecho a la defensa
- dimensión material
- III.3. Análisis del caso concreto
- transitoria
- provisional
- forma provisional
- REVOCAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 26
- derecho a la defensa
- siendo situación diferente que el imputado en uso de su mejor derecho decida confesar su culpabilidad.