Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
II.2.
II.2. El Director Nacional de RR.HH. del Consejo de la Magistratura, emitió el Memorándum CM-DIR.NAL.RR.HH.- J-005/2015 de 13 de marzo; mediante el cual, comunicó a la demandante de tutela, que conforme a lo establecido en los arts. 183.IV inc. 2) de LOJ) y 6.I de la Ley 212, el Pleno del Consejo de la Magistratura mediante Acuerdo 021/2015 de 23 de febrero, determinó designarla en el cargo de Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz (fs. 38).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- concedió
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. El derecho al debido proceso
- Fragmento 17
- III.2. Sobre el derecho a la defensa
- dimensión material
- III.3. Análisis del caso concreto
- transitoria
- provisional
- forma provisional
- REVOCAR
- MAGISTRADO
- Fragmento 26
- derecho a la defensa
- siendo situación diferente que el imputado en uso de su mejor derecho decida confesar su culpabilidad.