SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0447/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

dado su efecto retrospectivo, es aplicable a los procesos penales que estén en curso, es decir, en aquellos que no tienen calidad de cosa juzgada; en los cuales, se hubiere aplicado la medida cautelar de detención preventiva, por cuanto, de conformidad con el art. 250 del CPP, las resoluciones de medidas cautelares no tienen carácter definitivo; y en ese sentido, pueden ser revocables o modificables aun de oficio.

En ese marco, cabe señalar que la SCP 0005/2017 declaró la inconstitucionalidad del riesgo de fuga previsto en el numeral 6 del        art. 234 del CPP; dado su efecto retrospectivo, es aplicable a los procesos penales que estén en curso, es decir, en aquellos que no tienen calidad de cosa juzgada; en los cuales, se hubiere aplicado la medida cautelar de detención preventiva, por cuanto, de conformidad con el art. 250 del CPP, las resoluciones de medidas cautelares no tienen carácter definitivo; y en ese sentido, pueden ser revocables o modificables aun de oficio.