Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0450/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
Sigfrido Soleto Gualoa y Zenón Edmundo Rodríguez Zeballos, Vocales de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz pese a su legal citación cursante de fs. 154 a 155, no se hicieron presentes en la audiencia de consideración de la presente acción de libertad ni remitieron su informe escrito.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la presunción de veracidad de los hechos y actos denunciados por el accionante
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- (2) Lograr el convencimiento de las partes que la resolución en cuestión no es arbitraria, sino por el contrario, observa: El valor justicia, los principios de interdicción de la arbitrariedad, de razonabilidad y de congruencia.
- b.1)
- b.2)
- b.3)
- c)
- decisión sin motivación
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR