SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2018-S1

Fecha: 31-Ago-2018

oponerse a su ejecución forzosa

Dentro del procedimiento de ejecución de un laudo arbitral, la parte demandada puede oponerse a su ejecución forzosa, cuando demuestre su cumplimiento o si algún recurso de anulación se encuentra pendiente de resolución, y si presenta oposición por otros motivos que no sean los  señalados o pretende a través de algún incidente dilatar la ejecución solicitada, la norma legal referida faculta al juez a desestimar la misma, pues como se tiene señalado, las resoluciones emitidas en esa materia arbitral no admiten recurso alguno, esto con el objeto de evitar la presentación de recursos que estén dirigidos únicamente a entorpecer la ejecución del laudo arbitral; consecuentemente, la resolución que determine la admisión de la ejecución, la suspensión de la ejecución, acepte las oposiciones dentro de los dos supuestos referidos por la ley, desestime las oposiciones o los incidentes planteados, no admitirá recurso alguno de impugnación, pues no está permitido al juez admitir recursos que entorpezcan su ejecución” (el resaltado nos corresponde).