SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0459/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

i)

Determinación efectuada en mérito a los siguientes fundamentos: i) Ante                  la inexistencia de imputación formal, al haber sido anulada por Auto          Interlocutorio 62/2018, no tiene relevancia considerar la aplicación de medidas cautelares contra el impetrante de tutela; en razón a que, no existe la primera condición para su aplicación, menos la posibilidad de solicitar la detención preventiva de una persona, debiendo respetarse la libertad inmanente al ser humano; ii) La nulidad de la imputación formal causa el efecto suspensivo del proceso, siendo imposible su continuidad, quedando carente de sustento material; iii) Aunque la decisión anulatoria sea apelada, el proceso penal no puede continuar, quedando en suspenso, lo que hace inviable la aplicación de medidas cautelares de carácter personal; y, iv) La autoridad judicial que llevó a cabo la audiencia de medidas cautelares de manera posterior a la nulidad de obrados, la consiguiente rebeldía del imputado y la emisión de mandamiento de aprehensión atenta contra el debido proceso, por estar en riesgo el derecho a la libertad del demandante de tutela, sin considerar que la imputación fue anulada y la apelación contra dicha Resolución no es argumento válido; puesto que, la duda emergente de esta revisión no justifica la aplicación de la detención preventiva que afecta la libertad de locomoción del imputado.