SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0467/2018-S2

Fecha: 27-Ago-2018

III.2.  Sobre la finalidad del mandamiento de aprehensión

           Comprendiéndose que la finalidad del mandamiento de aprehensión es la comparecencia de la persona contra quien se libre el mismo ante la autoridad judicial; en ese entendido, este Tribunal mediante la            SCP 1449/2012 de 24 de septiembre, señaló: “Conforme a los arts. 87.1 y 89 del CPP, si habiendo sido citado personalmente el imputado no comparece sin causa justificada, el Tribunal lo declarará rebelde pudiendo disponer, entre otras medidas, su aprehensión; empero, el art. 91 del mismo cuerpo legal establece que: 'Cuando el rebelde comparezca o sea puesto a disposición de la autoridad que lo requiera, el proceso continuará su trámite dejándose sin efecto las órdenes dispuestas a efectos de su comparecencia y manteniendo las medidas cautelares de carácter real.