Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0471/2018-S2
Fecha: 27-Ago-2018
II.2.
II.2. Mediante Autos Administrativos AN-GRLPZ-ULELR-SET-AA-102-2016 y AN-GRLPZ-ULELR-SET-AA-103-2016, ambos de 24 de octubre, la Gerencia Regional La Paz de la ANB, corrigió los PIET AN-GRLPZ-ULELR-SET-PIET-300-2015 y AN-GRLPZ-ULELR-SET-PIET-301-2015, ambos de 30 de septiembre, respecto a la deuda tributaria pendiente de pago, a 17 de octubre de 2016, por el importe de Bs2 524 116.- y Bs8 774 029.- respectivamente, montos que deberán ser actualizados a la fecha de pago, conforme establece el art. 47 del CTB (fs. 29 a 33 y 41 a 45).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.
- III.1. El debido proceso
- el debido proceso se manifiesta en una triple dimensión: como
- III.2.
- Fragmento 18
- arbitrariedad
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR
- 2° DENEGAR
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)