Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2018-S3
Fecha: 14-Ago-2018
Fragmento 2
Posteriormente, el 13 de abril del mismo año, en audiencia pública fue rechazada la solicitud de cesación a la detención preventiva y a la fecha no existe resolución alguna de la apelación que fue presentada por las accionantes contra el Auto de 6 de abril del año señalado, logrando a través de este trámite irregular la afectación del derecho a la libertad, estando en la actualidad detenidas ilegalmente en el Centro Penitenciario San Pedro de Oruro.
- acción de libertad
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.4.
- II.6.
- es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos, no siendo admisible dicha situación que de ocurrir inviabiliza la acción tutelar, pues al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las 7 irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR