Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0685/2018-S3
Fecha: 14-Ago-2018
II.1.
II.1. Por Auto Interlocutorio 692/2017 de 22 de septiembre, el Juzgado de Instrucción Penal Quinto del departamento de Oruro, resolvió la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, en favor de Jhovana y Silvia ambas Zarate Herrera -accionantes- disponiendo la detención domiciliaria y otras, conforme los arts. 54, 124, 233.1, 235 y 240 del CPP (fs. 29 a 33).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2
- II.4.
- II.6.
- es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos, no siendo admisible dicha situación que de ocurrir inviabiliza la acción tutelar, pues al activar en forma simultánea la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional, para que ambas conozcan y resuelvan las 7 irregularidades denunciadas, se crearía una disfunción procesal contraria al orden jurídico
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 12
- CONFIRMAR