SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2018-S3
Fecha: 27-Ago-2018
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante, a través de su abogada, ratificó los fundamentos de la acción de libertad presentada y ampliándolos señaló que como antecedente, el 27 de noviembre de 2017, Luis Rowel Pedriel Callejas solicitó modificación de medidas sustitutivas, señalándose audiencia para el 10 de enero de 2018 que no se llevó a cabo pues el Juez ahora demandado manifestó no tener competencia. Sin embargo, ante la solicitud de que se dé cumplimiento a la SCP 1006/2017 y se expida mandamiento de detención preventiva, el 16 del indicado mes y año emitió el Auto Interlocutorio del mismo mes y año, por el cual revocó las medidas sustitutivas impuestas y determinó la detención preventiva del imputado vulnerando el derecho a la defensa y a la libertad, transgrediendo los principios de oralidad e inmediación, dado que debió haber convocado a una audiencia. Solicitó se conceda la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Intervención del Ministerio Público
- I.2.3. Participación del tercero interesado
- Fragmento 7
- II.1
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión asumida (por una autoridad o persona particular) en estricto cumplimiento de un una resolución constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR