VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0480/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0480/2018-S2

Fecha: 29-Ago-2018

ii)

ii)       Que, la Jueza de Instrucción Penal Tercera de la Capital del departamento de Potosí, una vez que hubiera tomado conocimiento de la Sentencia Constitucional Plurinacional, debería haber señalado de manera inmediata, fecha y hora de audiencia para la consideración de la solicitud de medidas cautelares solicitadas por el Ministerio Público  y la resuelva, considerando los fundamentos jurídicos desarrollados en el presente Voto Disidente, en especial: