ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0550/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0550/2018-S2

Fecha: 25-Sep-2018

III.5. Análisis del caso concreto

Ahora bien, de acuerdo a los antecedentes cursantes en obrados, se tiene que, efectivamente, la parte accionante acredita el derecho propietario sobre la pequeña propiedad agrícola con una superficie de 1,4373 ha, ubicada en El Paso, provincia Quillacollo del departamento de Cochabamba, adjuntando al efecto, el Título Ejecutorial PPD-NAL-038317, una fotocopia de la Matrícula de registro en DD.RR. y el Plano Catastral.

Por otra parte, de acuerdo a la prueba cursante en obrados se evidencia que en el caso analizado, han existido vías de hecho contra la propiedad de la parte accionante. Así, mediante informe de 19 de febrero de 2018, el Jesús Alavi Camargo, funcionario policial, puso en conocimiento de Melvi Quispe Espinoza, Directora Seccional de Policía El Paso, que en la misma fecha, se constituyó en la zona de Totorcagua, jurisdicción de El Paso, en el que pudo evidenciar que alrededor de treinta postes se encontraban extraídos de su sitio y botados aproximadamente a unos cinco metros al lado norte de la propiedad.

También se adjunta muestrario fotográfico por el que consta la inspección ocular efectuada el 19 de febrero de 2018 por el referido funcionario policial a la propiedad de José Pompilio Coca Sejas, donde se observa la extracción de los postes del cerco que separaban el citado predio de su colindante al sud; en el mismo sentido, cursan fotos sobre la inspección realizada por las autoridades sindicales de la comunidad campesina San José Obrero de Totorcagua a la propiedad de los impetrantes de tutela, donde se observa la destrucción del alambrado.

Además, se adjunta certificación suscrita por Hugo Bellido -Presidente de la comunidad campesina San José Obrero de Totorcagua- en la que certifica que constataron que los demandados y otros, arrancaron los postes y el alambrado, colocados por los accionantes al sudeste de su propiedad; así como el Informe GAMQ-INF. URB. 19/2018 de 2 de marzo, de la Sub Alcaldía de El Paso.