Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2018-S4
Fecha: 03-Sep-2018
a)
Solicitan se conceda la tutela a los derechos al agua, electricidad y al trabajo, dentro de sus fuentes laborales; disponiendo como medidas precautorias, que en tanto se resuelva la acción de amparo constitucional: a) La CRE y COOPLAN restituyan los servicios básicos respectivos para no obstruir el desarrollo de su trabajo; b) Se remita al despacho de la autoridad que conoce la presente acción, la orden de corte de los servicios que prestan las instituciones nombradas; y, c) Se disponga que el Ministerio Público del “Plan 3000”, envíe todas las denuncias que cursan en esa institución contra Félix Vásquez Vera.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la legitimación pasiva
- si esta omisión se manifiesta en curso de revisión surgen situaciones que imposibilitan ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada; por una parte, por las consecuencias que ocasiona la resolución constitucional y por otra, porque una acción de defensa de derechos fundamentales no puede ser resuelta soslayando los derechos de otro, como es el derecho de defensa de la autoridad o particular que presuntamente ocasionó la lesión que motiva la acción tutelar
- III.2. Activación de la acción de amparo constitucional ante medidas de hecho
- III.3. Análisis
- 2)
- REVOCAR