SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0480/2018-S4
Fecha: 03-Sep-2018
concedió
La Jueza Pública Civil y Comercial Segunda del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 1 de 20 de febrero de 2018, cursante de fs. 147 a 155 vta., concedió la tutela solicitada, disponiendo la inmediata conexión de los servicios de agua potable y energía eléctrica a los locales comerciales de los accionantes y el retiro de candados y precintos de los medidores, ubicados en el Mercado Modelo del “Plan 3000”, sito en la UV 149, Maz. 000, Código fijo de la CRE 265256 y Código de COOPLAN 656670500, debiendo éstos cubrir los gastos que demanden los trámites de instalación de los señalados servicios; decisión asumida en mérito a los siguientes fundamentos: a) Los accionantes fueron privados de los servicios básicos de agua potable y energía eléctrica, sin ningún proceso administrativo o judicial previo, existiendo medidas de hecho; y, b) Se evidenció que los demandados cerraron con candado los medidores de agua y energía eléctrica que suministraban dichos servicios a los locales comerciales de los accionantes, como medida de presión y sin observar que el pago de los servicios estaba corriente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Respecto a la legitimación pasiva
- si esta omisión se manifiesta en curso de revisión surgen situaciones que imposibilitan ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada; por una parte, por las consecuencias que ocasiona la resolución constitucional y por otra, porque una acción de defensa de derechos fundamentales no puede ser resuelta soslayando los derechos de otro, como es el derecho de defensa de la autoridad o particular que presuntamente ocasionó la lesión que motiva la acción tutelar
- III.2. Activación de la acción de amparo constitucional ante medidas de hecho
- III.3. Análisis
- 2)
- REVOCAR