SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0527/2018-S2
Fecha: 14-Sep-2018
II.2.
II.2. Se tiene el Acta de Audiencia Pública de Apelación Incidental de Medida cautelares, de 24 de abril de 2018, en la cual la DIRCABI en relación a la determinación asumida en favor de Ángel Xavier Nina Tórrez, alegó como principales agravios que el Auto Interlocutorio 124/2018, no contó con la debida fundamentación y razonable valoración probatoria, por cuanto en relación a los riesgos procesales, no se consideró que no podía darse como actividad lícita la profesión de abogado del imputado, por cuanto en el ejercicio de la misma se cometió el ilícito denunciado; por otra parte, también se denunció que se acreditó el art. 235.1 del CPP en lo que respecta a la posible obstaculización de la investigación, pues el imputado podría destruir o modificar los elementos de convicción (fs. 24 a 28 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1
- I.2.1
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- III.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones y el principio de congruencia como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 13
- arbitrariedad puede estar expresada en una decisión: 1) Sin motivación, cuando la resolución no da razones que la sustenten; 2) Con motivación arbitraria, cuando se basa en fundamentos y consideraciones meramente retóricas o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba, o en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso; 3) Con motivación insuficiente, cuando no se da razones de la omisión de pronunciamiento sobre los planteamientos de las partes; y, 4) Por la falta de coherencia del fallo, se da: 4.i) En su dimensión interna, cuando no existe relación entre las premisas -normativa y fáctica- y la conclusión -por tanto-
- SCP 0014/2018-S2 de 28 de febrero
- relevancia constitucional
- III.1.1. La exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales que resuelven medidas cautelares: Las resoluciones de los tribunales de apelación y la interpretación del art. 398 del Código de Procedimiento Penal
- SCP 0014/2018-S2
- fundamentación suficiente
- SC 0782/2005-R de 13 de julio
- se tiene que efectuar una evaluación respecto a la concurrencia de los requisitos previstos por el art. 233 del citado Código
- Fragmento 22
- III.3. Análisis del caso concreto.
- pero respecto a los otros coimputados
- R
- 2)
- MAGISTRADO
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)