SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0531/2018-S1
Fecha: 17-Sep-2018
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante señala como lesionados sus derechos a la propiedad privada y a la dignidad, por cuanto en su calidad de propietaria de un lote de terreno de 19 554,45 m² de superficie, ubicado en la zona de Huasa Mayu Grande, provincia Punata del departamento de Cochabamba, cuyo derecho de propiedad se encuentra registrado en DD.RR., sufrió el avasallamiento de ese predio por parte de los ahora demandados y otros, quienes invadieron ilegalmente el inmueble que ocupa; así, cuando ella se dirigía a ese terreno, una turba de comunarios comenzó a increparle, indicándole que ese lote era de la comunidad, por lo que autorizaron a uno de ellos que ingrese con maquinarias y explote agregados de construcción; además, los avasalladores procedieron a destruir cactus y otras plantas nativas, pretendiendo echarla de su terreno.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- VIAS DE HECHO
- a)
- 1)
- denegó
- II.3
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional ante la existencia de medidas de hecho
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela;
- la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- invocar la excepción de la prueba
- El derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR