SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0555/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0555/2018-S1

Fecha: 10-Sep-2018

1)

Juan Carlos Montalbán Zapata, Juez de Instrucción Penal Quinto del departamento de La Paz, en suplencia legal del Juzgado de Instrucción Penal Cuarto del referido departamento, mediante informe cursante a fs. 14, manifestó que: 1) Ejerce funciones del Juzgado de Instrucción Penal Cuarto, en suplencia legal, asumiendo conocimiento del mencionado proceso el 13 de junio de 2018 a raíz de la remisión efectuada por el “…Juzgado Segundo Anticorrupción y Violencia hacia la Mujer…” (sic) del departamento de La Paz, “Juzgado de turno” que tramitó la medida cautelar, y de la existencia de la Resolución “57/2018”, emitida contra el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia a la Mujer Segunda del Departamento de La Paz, que llevó adelante la audiencia de medidas cautelares, donde se dispuso el envío de la apelación incidental en alzada; razón por la cual, ordenó la devolución de los antecedentes al dicho Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo del departamento de La Paz, para que cumplan con dicha orden; sin embargo, el 14 del mismo mes y año, el proceso es devuelto a su despacho con un informe de la Secretaria del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo del Departamento de La Paz, señalando que, al no ser el juzgado de origen, no pudieron efectuar el sorteo a una Sala Penal por no contar en su sistema con el Número de Registro Judicial (NUREJ), admitiéndose esta devolución e instruyéndose el traslado de la apelación escrita de 12 de junio de 2018 para el conocimiento de las partes sobre la referida impugnación conforme señala el procedimiento; y, el mismo 14 del citado mes y año se ordenó la remisión, procediéndose a la notificación el 15 de esos corrientes; 2) La celeridad otorgada se advierte en la providencia y notificación efectuada dentro de las veinticuatro horas de haber sido devuelto el cuaderno de control jurisdiccional a este despacho, además de su sorteo que recayó en la Sala Penal Segunda del departamento de la Paz, estando en espera del vencimiento del plazo de las respuestas a la apelación para su posterior remisión; y, 3) Su persona se encuentra a cargo de dos juzgados con la misma carga procesal desde el 23 de mayo de 2018.