SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0555/2018-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0555/2018-S1

Fecha: 10-Sep-2018

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 9 de junio de 2018 el Juez de Instrucción, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Segundo del departamento de La Paz que se encontraba de turno, llevó adelante la audiencia de medidas cautelares disponiendo su detención preventiva, por lo que interpuso en el mismo acto procesal, recurso de apelación incidental al amparo de lo previsto por el art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, el 12 del referido mes y año el proceso fue remitido al Juzgado de Instrucción Penal Cuarto del departamento de La Paz, siendo el de origen, en lugar de remitir los antecedentes ante el Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, para la sustanciación del recurso de apelación, pese a la existencia de una anterior acción de libertad donde se denunció el mismo agravio.

Hasta la fecha del planteamiento de la presente acción de libertad, los antecedentes no han sido remitidos ante el Tribunal de alzada atentando contra el principio de legalidad, y consecuentemente su derecho a la libertad; toda vez que, el párrafo segundo del art. 251 del CPP señala que los actuados deben enviarse en el plazo de veinticuatro horas.