SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2018-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2018-S3

Fecha: 12-Sep-2018

denegó

El Juez de Instrucción Penal Segundo de Trinidad del departamento del Beni, constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 002/2018 de 17 de abril, cursante de fs. 121 a 123 vta., denegó la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto las medidas cautelares fijadas en el auto de admisión de la acción, en base a los siguientes fundamentos: a) La Constitución Política del Estado, prevé los mecanismos para que se tutelan los derechos inherentes al ser humando; en el caso, el accionante solicitó ser trasladado al Hospital Obrero de la CNS de la mencionada ciudad, y si bien el prenombrado tiene una restricción ordenada por autoridad competente, el único derecho del que se le priva es la libertad, debiendo atenderse oportunamente los derechos que le asisten a este; es evidente la existencia de una negativa por parte del Juez demandado de dar prioridad a su derecho -se entiende a la vida-; sin embargo, esto no demuestra que el peticionante de tutela esté ilegalmente perseguido; y, b) La acción de amparo constitucional, tiene la función de garantizar los derechos de toda persona reconocidos por la Norma Suprema, contra actos ilegales y omisiones indebidas que restrinjan, amenacen, supriman a amenacen suprimir dichos derechos, en ese sentido, los derechos a la vida y a la salud resultan tutelables por la citada acción tutelar y no así por la acción de libertad.