SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0848/2018-S3
Fecha: 12-Sep-2018
II.1.
II.1. Por Informe Médico Forense, de 5 de abril de 2018, Víctor Morales Graz, Médico Forense del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF) de la Fiscalía Departamental del Beni, presentó el diagnóstico de Noel Arturo Vaca López -accionante-, refiriendo que de acuerdo a informes de especialidades médicas y exámenes complementarios manifiesta, “…Síndrome de Apnea e Hipoapnea Grave, Síndrome de Wolff Parquinson Withe (trastornos de las vías de conducción nerviosa del corazón), Poliartrosis, Enfermedad pulmonar obstructiva crónica, Trastorno Bipolar, Síndrome Metabólico Vs Diabetes Mellitus…” (sic) sugiriendo controles periódicos por diferentes especialidades en centros de salud de segundo y tercer nivel, además de cumplir con el tratamiento indicado con el objeto de mantener o mejorar su estado de salud y precautelar su vida (fs. 5 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- I.2.3. Participación del tercero interviniente
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- Fragmento 15
- b)
- 1) La protección del derecho a la vida a través de la acción de libertad es posible, aún no exista vinculación directa ni indirecta con el derecho a la libertad física, personal o de locomoción
- el derecho a la vida por la tutela inmediata que requiere, puede ser protegido indistintamente por la acción de amparo constitucional o por la acción de libertad, pues una interpretación diferente afecta la noción básica de interpretación de los derechos humanos -asimismo de los derechos fundamentales-, cual es la interpretación favorable al ser humano
- III.2
- que el hábeas corpus correctivo procede contra los actos lesivos a la integridad personal, integridad que debe entenderse en los planos físico, psicológico y moral, en estrecha conexión con la dignidad humana. Bajo esa perspectiva, no es obtener la libertad de la persona, sino que cesen los maltratos, estado de incomunicación, las condiciones de detención,
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 1º CONCEDER