VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0596/2018-S2
Fecha: 25-Sep-2018
Revocar en parte
En todo caso, considera que la SCP 0596/2018-S2 debió Revocar en parte dicha Resolución Constitucional; y en consecuencia: CONCEDER la tutela impetrada respecto al Director y al Verificador a.i. del Centro Penitenciario de San Pedro; y, DENEGAR con relación a la Directora Departamental de Régimen Penitenciario de La Paz, sobre la base de los fundamentos jurídicos y términos dispositivos de este Voto Disidente.
Asimismo, amerita aclarar que el expediente 25001-2018-51-AL, correspondiente a la SCP 0596/2018-S2, que motiva esta Disidencia, fue inicialmente sorteado a mi despacho; en consecuencia elaboré el proyecto de Sentencia Constitucional Plurinacional; empero, el Magistrado Carlos Alberto Calderón Medrano manifestó su desacuerdo y formuló uno alterno, que fue apoyado por el Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional; motivo por el cual, formulo el presente Voto Disidente:
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, el Tribunal de garantías al denegar la tutela impetrada, obró de forma parcialmente correcta; por lo que, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional, a través de la SCP 0596/2018-S2 de 25 de septiembre, debió: REVOCAR en parte la Resolución 27/2018 de 23 de julio, cursante de fs. 25 a 26, pronunciada por Tribunal de Sentencia Penal Octavo de la Capital del departamento de La Paz, ingresando al fondo de la problemática planteada bajo la modalidad de la acción de libertad innovativa; y sobre todo, al gozar el accionante de protección reforzada de su derecho a la libertad y atención prioritaria por parte de este Tribunal, por su condición de persona adulta mayor; y en consecuencia:
- I.
- Revocar en parte
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- II.1. La acción de libertad innovativa
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo, podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- cese la detención preventiva
- los encargados de las prisiones, están obligados a su cumplimiento inmediato
- Personas Adultas Mayores
- enfoques específicos
- Los Estados Parte asegurarán que la persona mayor disfrute del derecho a la libertad y seguridad personal y que la edad en ningún caso justifique la privación o restricción arbitrarias de su libertad
- promoverán medidas alternativas respecto a la privación de libertad
- y, por la promoción de la libertad
- grupos vulnerables- por lo que el Estado
- II.5. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- 1)
- 2)
- 3)
- Por lo expuesto, la suscrita Magistrada considera que la SCP 0596/2018-S2, debió realizar el siguiente análisis del caso concreto:
- el interno debe ser liberado en el día
- supervisar
- ,
- correctivo
- instructivo)
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho