VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0596/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0596/2018-S2

Fecha: 25-Sep-2018

supervisar

En ese marco, la Directora Departamental de Régimen Penitenciario de          La Paz codemandada, de acuerdo con el art. 54.3 de la LEPS, tiene la atribución de supervisar la suspensión condicional del proceso y de la pena, la libertad condicional, la prestación de trabajo y las medidas sustitutivas de la detención preventiva; consecuentemente, no le correspondía dar cumplimiento y ejecutar el mandamiento de libertad condicional expedido, al ser facultad del Director del Recinto Penitenciario y del personal que se encarga del registro y revisión de antecedentes, como es el codemandado Verificador a.i., tal cual se explicó en párrafos anteriores; en consecuencia, respecto de dicha autoridad corresponde denegar la tutela solicitada.