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    AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2019-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0313/2019-RCA

    Fecha: 14-Oct-2019

    I.2.

    Considera la lesión de sus derechos al debido proceso en sus vertientes de congruencia, fundamentación, motivación; a la defensa, y a los principios de legalidad y objetividad; citando al efecto los arts. 115.I y II, 117.I, 119.I y II y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE) 2.1 y 3 inc. a) y b), 14.1; y, 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • a)
    • improcedencia
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • Fragmento 8
    • II.2.  Sobre el principio de inmediatez en la acción de amparo constitucional
    • el cómputo de los seis meses de la inmediatez del amparo constitucional es a partir de la notificación por cédula fijada en el tablero
    • II.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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