AUTO CONSTITUCIONAL 0324/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0324/2019-RCA

Fecha: 15-Oct-2019

II.4.  Análisis del caso concreto

En cuanto al principio de subsidiariedad que exige el agotamiento de la vía legal prevista para la protección de derechos de manera previa a la activación de esta acción de defensa, corresponde señalar que de la revisión de antecedentes, se puede advertir que por memorial presentado el 22 de agosto de 2016, el accionante planteó recurso de apelación contra el Auto 45/2016 de 26 de septiembre (fs. 57 a 58 vta.), el cual fue concedido en efecto suspensivo mediante Auto de 17 de enero de 2017 (fs. 64); en mérito a ello, a través del Auto de Vista AV-SECCA-SA 17/2019, los Vocales ahora demandados resolvieron dicho recurso, confirmado la determinación impugnada (fs. 70 a 74 vta.), habiéndose agotado la vía legal prevista al efecto, pues no existe recurso ulterior, porque el Auto impugnado no resolvió la causa principal sino una excepción de incompetencia; es decir, un aspecto accesorio.

Asimismo, de la revisión de antecedentes, se advierte que la refrida Sala Constitucional no consideró de forma adecuada los argumentos expuestos por la parte accionante, tampoco aplicó correctamente el análisis respecto al cumplimiento de todos los requisitos de admisibilidad; toda vez que la demanda planteada cumple con los requisitos que exige el art. 33 del CPCo, como posteriormente se analizará de manera puntual.