AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2019-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0325/2019-RCA

Fecha: 15-Oct-2019

1)

El Juez Público Mixto Civil y Comercial de Familia, Niñez y Adolescencia del Trabajo y Seguridad Social y Sentencia Penal Segundo de Concepción del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías mediante providencia de 23 de agosto de 2019, ordenó a los accionantes subsanar la demanda adecuando a la normativa legal establecida en el art. 33 numerales 4, 5, 7 y 8 del Código Procesal Constitucional (CPCo), concediéndole el plazo de tres días para que cumpla con lo observado caso contrario se tendrá como no presentada; solicitando lo siguiente: 1) Ampliar la relación de hechos y el nexo de causalidad; 2) Identificar sus derechos y garantías  que se consideran vulnerados; y, 3) Aclarar su petitorio.

1.  Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.