Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0338/2019-RCA
Fecha: 21-Oct-2019
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 3 de octubre de 2019, cursante de fs. 125 a 127, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por José Antonio Soto Puña, Gerente Regional a.i. Oruro de la Aduana Nacional de Bolivia contra Osvaldo Fernández Quispe y Filimón Condori Calizaya, Vocales de la Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa y Social Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; Antonio Menacho Aillón, Juez de Partido del Trabajo y Seguridad Social, Administrativo Coactivo Fiscal y Tributario Tercero del mismo departamento.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia “IN LIMINE”
- I.
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. La aplicación supletoria del Código Procesal Civil ante los vacíos procesales establecidos en la Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal
- La Ley de Procedimiento Coactivo Fiscal, Decreto Ley 14933
- existiendo un ordenamiento legal en materia adjetiva procesal, el mismo no regula en forma clara y precisa un determinado instituto,
- la supletoriedad de las normas del Código de Procedimiento Civil, opera
- Fragmento 11
- II.3. Análisis del caso concreto
- e)
- la improcedencia