Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0339/2019-RCA
Fecha: 21-Oct-2019
a)
Solicita se conceda la tutela; y, en consecuencia se disponga: a) Su inmediata reincorporación al mismo puesto de trabajo que ocupaba a tiempo de haber sido despedido; b) Se mantenga su antigüedad para efectos del cálculo de aguinaldo y bono de antigüedad y se restablezcan sus aportes al seguro social obligatorio de corto y largo plazo; y, c) Se condenen costas y costos, más daños y perjuicios.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- improcedente
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- 1.
- en el caso de reincorporación de los trabajadores por disposición de una conminatoria
- no siendo necesario esperar hasta que la vía administrativa se encuentre en estado de ejecutoria
- la activación de esta garantía jurisdiccional depende que su interposición se realice en un plazo razonable
- podrá flexibilizarse cuando se hubiese excedido en algunos días y la lesión del derecho fundamental sea evidente y de tal naturaleza que el órgano encargado del control de constitucionalidad no puede ni debe permitir se consume
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad