Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0897/2019-S2
Fecha: 01-Oct-2019
I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
Por Auto Constitucional 0492/2018-RCA de 12 de diciembre, cursante de fs. 40 a 46, la Comisión de Admisión de este Tribunal Constitucional Plurinacional, con la facultad conferida por el art. 30.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), resolvió revocar la Resolución de 26 de noviembre de 2018, disponiendo, en consecuencia, se admita la presente acción de defensa y se someta la causa al trámite previsto por ley, debiendo la Jueza de garantías pronunciar resolución en audiencia pública, concediendo o denegando la tutela, según corresponda en derecho.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Improcedencia de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- 1)
- i)
- denegó
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- MAGISTRADO