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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2019-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2019-S3

    Fecha: 04-Oct-2019

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.3. Intervención de los terceros interesados
    • concedió
    • II.3.
    • III.
    • III.1.  Exigencia de fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos del debido proceso
    • toda autoridad que conozca de un reclamo, solicitud o que dicte una resolución resolviendo una situación jurídica, debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
    • externa, entendida como principio rector de toda resolución judicial, que exige la plena correspondencia o coincidencia entre el planteamiento de las partes (demanda, respuesta e impugnación y respuesta) y lo resuelto por las autoridades judiciales, sin que el juzgador tome en cuenta aspectos ajenos a la controversia
    • la congruencia como principio característico del debido proceso, entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • el certificado médico
    • Sentencia de turno de esta provincia de Vallegrande
    • Recurso de apelación incidental
    • pero repetimos por un principio, de legalidad no se puede aplicar la l[e]y 348 en este proceso donde las partes no somos ni fuimos parejas
    • declarar ADMISIBLES y PROCEDENTES
    • 1)
    • APELACION INCIDENTAL RESPECTO A LA EXCLUSIÓN PROBATORIA DEL CERTIFICADO MÉDICO DE 15 DE DICIEMBRE DE 2017
    • Que,
    • REVOCAR

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