SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2019-S3

Fecha: 04-Oct-2019

Recurso de apelación incidental

El Juez a quo no consideró que las excepciones se plantearon fuera del plazo legal, “…ya que si el excepcionante consideraba que existía una cuestión ilegal o un defecto absoluto debió ser reclamado de manera oportuna, es decir, dentro de los plazos procesales, es decir dentro del plazo fatal y perentorio de 10 días” (sic), debiendo ser observados en la audiencia cautelar posterior a la presentación de la imputación formal de 21 de diciembre de 2017, pidiendo que el Tribunal de alzada vea el vencimiento del plazo respecto de la interposición de las excepciones.

El Auto de Vista apelado carece de fundamentación, no se entienden las razones de derecho y de hecho para llegar a su conclusión, “…no van a poder entender que hizo el tribunal para mediante una exclusión probatoria terminar excluyendo una prueba (…) bajando de 17 días de impedimento a 5 días y por ser cinco días declarándose incompetentes y remitir actuados en pleno juicio al juez de sentencia” (sic), incongruencia e irracionalidad, con el único fin de exonerar a la acusada.