SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0678/2019-S3

Fecha: 04-Oct-2019

concedió

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 20 de 30 de abril de 2019, cursante de fs. 331 vta. a 334 vta., concedió la tutela solicitada, dejando sin efecto el Auto de Vista 12, disponiendo que en el plazo de veinticuatro horas de su legal notificación, el Tribunal de alzada dicte nueva resolución y se pronuncie sobre la base de los argumentos expresados, conforme a los siguientes fundamentos: 1) El aludido Tribunal debió indicar que no es legítima la pretensión de plantear una apelación sobre una exclusión probatoria en pleno juicio oral, ya que esta forma parte del desarrollo del proceso, “…del juicio en sí y el Tribunal de Sentencia al momento de dictar sentencia se pronunciar[á] en el fondo de la acusación presentada y sobre la existencia o no del hecho acusado, sin duda alguna la parte en su defecto podrá hacer uso del derecho de reserva de apelación, para poder apelar en el ca[s]o de que lo hiciere de forma restringida de la sentencia, argumentando los motivos que considere necesarios y suficientes…” (sic); y, 2) Pronunciarse en ese momento procesal sin que el juicio haya concluido, no es congruente con el desarrollo de este, causando indefensión al demandante o querellante, porque no permitirá realizar su reserva de apelación conjuntamente la apelación restringida.