SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2019-S3

Fecha: 04-Oct-2019

denegó

La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, por Resolución 31/2019 de 22 de mayo, cursante de fs. 322 a 325 vta., denegó la tutela solicitada, con base en los siguientes fundamentos: i) El accionante solamente representa a un grupo, no a una colectividad, puesto que esta última igualmente se encuentra conformada por personas con discapacidad, quienes gozan de especial protección por el Estado; ii) En la acción de defensa se alega que tienen que desplazarse largas distancias hasta el centro de salud más próximo, cuando ni siquiera vive allí, tal y como lo reconoció en la audiencia; iii) No se puede sustentar que la construcción de las viviendas sociales imposibilitarán una futura construcción de centros de salud y campos deportivos; iv) Sobre lo manifestado de ser barrio modelo, es un argumento discriminatorio respecto a otros sectores, además de utilizar el término “casitas” como un peyorativo al referirse a las viviendas de las personas con discapacidad, quienes no deben ser discriminadas; v) Existen diferencias entre algunos vecinos, representados por el accionante, con las personas con discapacidad beneficiadas, quienes también pertenecen al colectivo del barrio, no pudiéndose hablar de derechos colectivos; y, vi) La acción popular no tutela peticiones de campos deportivos, centros de salud o áreas verdes y/o equipamiento.