SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2019-S3
Fecha: 04-Oct-2019
II.8.
II.8. Mediante RA 479/2019 de 22 de marzo, Fabián Horacio Rodríguez Velasco, Director de Ordenamiento Territorial Urbano del Gobierno Autónomo Municipal de Tarija -ahora codemandado-, dispuso la reasignación de las áreas de propiedad municipal señaladas para fines de vivienda social, disponiendo la publicación del acto administrativo en un medio de prensa escrito, fundamentando su competencia para el efecto mediante el art. 6 del Decreto Edil 2/2018 de 3 de enero, la RA 004/2014 y los arts. 1 y 6 las Leyes Municipales 35 y 132, respectivamente; la primera para la reasignación de uso de suelo en terrenos de propiedad municipal para la construcción de obras de interés público (fs. 126 a 128 vta.).
- acción popular
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III.
- III.1. Fundamentos de la acción popular y la nueva lógica de justiciabilidad de los derechos colectivos y derechos e intereses difusos
- III.2. Derechos tutelados por la acción popular
- derechos de tercera generación, que protegen ya no los derechos e intereses del individuo sino de un grupo humano, que habita un lugar determinado y que sufre la violación de sus derechos e intereses
- ii)
- b)
- c)
- conexidad
- no así los intereses individuales, económicos, sociales y culturales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR