SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0684/2019-S3
Fecha: 04-Oct-2019
i)
La parte accionante por intermedio de su representante, ratificó lo manifestado en su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo, señaló que: i) Lo alegado por los demandados sobre la legitimación activa y pasiva, ya fue superado por la SCP 0707/2018-S2 de 31 de octubre y que, por el solo hecho de tener propiedad de lotes de inmuebles en dicho barrio, le da legitimación activa, aunque no viva allí, ni tenga vivienda edificada; ii) La construcción de esas viviendas sin previo proceso legislativo está vulnerando sus derechos a la salud, al agua y al debido proceso, dado que los terrenos fueron cedidos durante el trámite de loteamiento con el fin legal específico de que sean destinados a áreas verdes y/o equipamiento; iii) La Ley Municipal de Reasignación de Uso de Suelo en Terrenos de Propiedad Municipal para la Construcción de Obras de Interés Público -Ley Municipal 035 de 23 de abril de 2014- para edificaciones de altura, no habla mucho del uso de suelo ni de viviendas sociales; iv) Es imposible que se construyan las 100 viviendas sociales proyectadas sin afectar las vías de circulación; v) No se pueden transferir terrenos públicos ni cambiar el uso de suelo con base a un acto administrativo, como la Resolución Administrativa (RA) 479/2019 de 22 de marzo, sino mediante una ley del Concejo Municipal de Tarija; vi) No se entiende cómo construyen sin tener saneados todos los aspectos legales relatados; y, vii) El propio Municipio les dio los doscientos o trescientos plantines de árboles a ser colocados en los inmuebles que ahora pretenden destinar a otra finalidad.
- acción popular
- a)
- 1)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III.
- III.1. Fundamentos de la acción popular y la nueva lógica de justiciabilidad de los derechos colectivos y derechos e intereses difusos
- III.2. Derechos tutelados por la acción popular
- derechos de tercera generación, que protegen ya no los derechos e intereses del individuo sino de un grupo humano, que habita un lugar determinado y que sufre la violación de sus derechos e intereses
- ii)
- b)
- c)
- conexidad
- no así los intereses individuales, económicos, sociales y culturales
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR