Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0689/2019-S3
Fecha: 04-Oct-2019
II.2.
II.2. Mediante proveído de 26 de igual mes y año, la autoridad jurisdiccional demandada, atendiendo la representación policial sobre el cumplimiento del Mandamiento referido en la Conclusión que antecede, señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el mismo día, a horas 10:30 (fs. 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- 2.
- 4.
- 5.
- III.2. De las aprehensiones ilegales y las vías de reclamo en casos de alegarse su existencia
- este reclamo puede realizarse a través de dos vías, ya sea en audiencia de aplicación de medidas cautelares, con carácter previo a considerarse la situación jurídica del imputado, o a través del planteamiento de un incidente de actividad procesal defectuosa
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR