SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0695/2019-S3
Fecha: 04-Oct-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público a instancia de Sonia Miriam Escobar Mamani por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, el 24 de junio de 2019, cuando se encontraba a la espera de su audiencia de aplicación de medidas cautelares a llevarse a cabo en el Juzgado de Instrucción Anticorrupción contra la Violencia hacia la Mujer Segundo de El Alto del departamento de La Paz, se le acercaron dos efectivos policiales a pedirle su cédula de identidad, entregándole una orden de aprehensión en su contra, procediendo a enmanillarlo para luego a empujones trasladarlo a la oficina de la Fiscal de Materia Ingrid Rocío Feraudi Guerra -codemandada-; tras una larga demora, dicha autoridad procedió a emitir citación para notificarle con la misma a horas 11:50.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- no solo a la Autoridad Fiscal si no que también a la autoridad jurisdiccional bajo Control Jurisdiccional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iníciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria
- las aprehensiones policiales o fiscales deben ser denunciadas ante el juez cautelar, y sólo cuando la lesión al derecho a la libertad no hubiera sido reparada por dicha autoridad, recién es posible acudir a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad
- En los casos en los que ya se cumplió con dicha formalidad procesal, es decir, con el aviso del inicio de la investigación, al estar identificada la autoridad jurisdiccional, es ante ella donde se debe acudir en procura de la reparación y/o protección a sus derechos
- III.2. Análisis del caso concreto
- la autoridad jurisdiccional bajo Control Jurisdiccional
- CONFIRMAR