SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0724/2019-S3

Fecha: 09-Oct-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue un niño de la calle que convivió con su padre alcohólico. Se vio envuelto en un conflicto penal por robo agravado junto a otras personas adultas; el 29 de junio de 2016 el Juzgado de Instrucción Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario Qalauma de ese departamento; proceso que posteriormente fue remitido al Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Caranavi de dicho departamento, en el que mediante procedimiento abreviado fue sentenciado a tres años de privación de libertad.

Con el apoyo de abogados activistas en derechos humanos, intentó sin fortuna acogerse a beneficios que prevé la ley como la suspensión condicional de la pena; empero, por no contar con documentos personales, que por su situación de encierro e inexistencia de la familia, no fue posible tramitarlos hasta que culminó la sanción impuesta, vale decir, desde el 18 de junio de 2016 hasta la misma fecha de 2019, por lo que el 28 de junio del señalado año, solicitó ante la autoridad demandada se le extienda el mandamiento de libertad por cumplimiento de la pena, quien se pronunció en sentido de que se observe el procedimiento establecido en el art. 55 inc. 1) del Código de Procedimiento Penal (CPP), desconociendo que tiene la Sentencia cumplida por ende le corresponde su libertad, a pesar de estar el caso bajo su control jurisdiccional; dicho acto constituye una privación de libertad indebida, pues la autoridad ordinaria pudo emitir el mandamiento de libertad ya que tiene en su despacho el expediente de la causa y que además no existe normativa que determine que solo un juez de ejecución penal deba emitir dicho mandamiento. Por ello, considera que esta en una situación de vulnerabilidad, ya que continúa privado de su libertad, con una situación económica muy restringida y ausencia familiar, que son factores que se agravan ya que su caso se encuentra en Caranavi del departamento de La Paz y la autoridad judicial teniendo conocimiento de la ejecutoria de su Sentencia no remitió antecedentes al juez de ejecución penal de turno de ese departamento por la falta de su cédula de identidad. “A la fecha”, el demandado no libró el mandamiento de libertad teniendo competencia para hacerlo, y por el contrario, dispuso el cumplimiento de formalidades que operativamente son imposibles por la situación difícil y vulnerable en la que se encuentra.