SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2019-S3
Fecha: 11-Oct-2019
además llevan CINCO (5) MESES Y QUINCE (15) DÍAS
En dicho contexto, los Jueces demandados que debían estar ejerciendo el control jurisdiccional de la investigación fiscal y policial, no cumplieron esa labor y por el contrario “…han Ordenado a sus secretarios BLOQUEN el Sistema nurej para que no se reciba memoriales. Y, además llevan CINCO (5) MESES Y QUINCE (15) DÍAS sin haber hasta la fecha DECLINADO COMPETENCIA en favor del JUEZ DE GARANTIAS CONSTITUCIONALES…” (sic), resistiéndose al cumplimiento de la SCP 0028/2019-S4, causando violación del derecho al juez natural y usurpando competencias de la jurisdicción constitucional, pero a su vez realizaron actos dilatorios, negativa y retardo de justicia, al no resolver los incidentes y excepciones planteados.
- acción de libertad
- CAPITAL PRIVADO INMOVILIARIO S.R.L
- además llevan CINCO (5) MESES Y QUINCE (15) DÍAS
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y los presupuestos para su activación por indebido procesamiento
- o amenazados de restricción o supresión
- sin embargo, cuando se demuestre que esas vulneraciones afectaron directamente al derecho a la libertad física o libertad de locomoción del accionante, dicha protección se verá materializada a través de la acción de libertad, en aquellos casos en los cuales, el procesamiento indebido constituya la causa directa que originó la restricción o supresión de los antes citados derechos
- cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR