SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0751/2019-S3

Fecha: 11-Oct-2019

denegó

El Juez de Sentencia Penal Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 15/2019 de 3 de julio, cursante de fs. 28 vta. a 31, denegó la tutela solicitada, de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) No existieron elementos que hagan entender un peligro para la vida del accionante o que se encuentre ilegalmente perseguido o indebidamente procesado o privado de su libertad, y si bien se tiene un proceso penal iniciado en su contra, no fue privado de su libertad; b) El juez constitucional no puede ingresar en el análisis de las cuestiones que corresponden al proceso ordinario penal y el solicitante de tutela no activó ningún incidente denunciando un supuesto procesamiento indebido, para que la autoridad encargada del control jurisdiccional de la investigación pueda resolver las presuntas lesiones a sus derechos; c) La SCP “021/2014” sostuvo que se puede activar esta acción tutelar cuando exista vulneración del debido proceso vinculado con la libertad física o personal, ante la amenaza del mencionado derecho que el proceso penal supone; d) La revisión de los antecedentes permitió concluir que las autoridades demandadas no incurrieron en violación del debido proceso, los derechos a la defensa y la igualdad de las partes; por cuanto, no planteó ningún incidente dentro del proceso que consideró ilegalmente instaurado, conforme dispone la SCP 0028/2019-S4; y, e) La SCP 1103/2017-S1 de 3 de octubre, establece que la tutela que brinda la acción de libertad respecto a las vulneraciones del debido proceso, únicamente procede cuando los supuestos actos lesivos se encuentran directamente vinculados con el derecho a la libertad personal o de locomoción.