SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0762/2019-S3

Fecha: 17-Oct-2019

a)

Mirtha Mabel Montaño Torrico y José Eddy Mejía Montaño, Vocales de Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, mediante informe escrito presentado el 19 de julio de 2019, cursante a fs. 72 y vta., solicitaron se deniegue la tutela bajo los siguiente fundamentos: a) El accionante pretende que el Tribunal Constitucional Plurinacional se constituya en tribunal de casación con potestad de revisar la resolución de alzada que no reconoce recurso ulterior, de acuerdo al art. 251 del CPP; b) Según el Auto Interlocutorio de 8 de julio de 2019, su detención preventiva obedece a la concurrencia de los riesgos procesales de probabilidad de autoría y participación, riesgo de fuga y obstaculización en los ilícitos acusados, mismos que fueron establecidos por el Juez cautelar, los cuales no fueron desvirtuados ni cuestionados por la defensa hasta la emisión del Auto de Vista de 18 del señalado mes y año; c) El cuestionamiento también emerge sobre la falta de pronunciamiento en relación a la aplicabilidad de la Disposición Transitoria Sexta parágrafo II del CNNA, por contar con dieciséis años de edad a la fecha de su detención; y, d) Advertida esa falta de pronunciamiento, mediante el citado Auto de Vista se explicó de manera clara y concreta “…los alcances de los Autos Supremos a los que hace alusión la defensa, además ha expuesto la falta de observación de parte del Tribunal A quo del Art. 124 de la norma procesal, extrañando la falta de adecuada motivación, consecuentemente no existe la vulneración de derecho y/o garantía constitucional…” (sic).