Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0764/2019-S3
Fecha: 17-Oct-2019
II.9.
II.9. Por memorial presentado el 6 de junio de 2019, ante el Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de Santa Cruz, la impetrante de tutela solicitó “…CONTROL JURISDICCIONAL Y REITERA PERICIA PARA DESVIRTUAR EL ART. 234.10) DEL CPP” (sic), que fue atendido mediante decreto de 13 del mes y año antes indicado, en el que se señaló “…deberá estarse al decreto de fecha 23 de mayo de 2019, debiendo recurrir ante el Ministerio P[ú]blico de acuerdo a la SC 775/2018S4 del 14 de noviembre de 2018” (sic [fs. 23 a 26]).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el Ministerio Público, en cumplimiento del derecho a la petición y los principios que rigen a la indicada institución, debe otorgar los requerimientos que correspondan, máxime si los mismos son con la finalidad de solicitar la cesación a la detención preventiva, dado la importancia que amerita la protección del derecho a la libertad, ya que la obtención de los citados requerimientos, puede definir la situación jurídica del privado de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR