Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0865/2019-S4
Fecha: 02-Oct-2019
II.2.
II.2. Cursa notificación, diligenciada mediante cédula a ahora solicitante de tutela, con la demanda de homologación, Auto de admisión y Sentencia, en El Alto del indicado departamento a las 10:10, del lunes 11 de marzo de 2019 en el domicilio real ubicado en la Urbanización Mucopol, Av. Los Sargentos 7 (fs. 66).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la asistencia familiar como medio de subsistencia
- se debe considerar también que cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos
- SCP 0071/2018-S4 de 27 de marzo
- III.3.
- Fragmento 16
- CONFIRMAR