SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2019-S2
Fecha: 01-Oct-2019
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 006/2019 30 de mayo, cursante de fs. 347 a 354 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Alejandro Germán Viscarra Llapaco contra Edgar Téllez Téllez, Ex Comandante General de la Policía Boliviana; Vladimir Yuri Calderón Mariscal, actual Comandante General de la Policía Boliviana; Erick Millares Luna, Luis Carvajal Delgado, Julio Monrroy Chuquimia, Román Paco Rafel, Elizardo Nacho Rojas, Octavio José Murillo López, Clemente Silva Ruiz, Víctor Hugo López Gómez, Ubaldo Espino Mamani, Severo Félix Vera Alvarado, y, Álvaro Álvarez Griffits, miembros del Tribunal Disciplinario Superior Permanente; Williams Torrejón Tirao, Julio Larrea Moscoso, Grover Candi Otondo, Freddy Enríquez Tordoya, Rose Mary Pinto Pinto, Salvador Vera Ayarachi, Alberto Ramiro Paniagua Boyerman, Luis Greco Castellón Clavijo y Juan Carlos Huanca Condori, miembros del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de Potosí, todos de la Policía Boliviana.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso y su aplicación al ámbito administrativo sancionador
- 2)
- III.2. Sobre el derecho al juez natural
- a) Juez predeterminado, se entiende por tal a la autoridad cuya jurisdicción y competencia es determinada por el ordenamiento jurídico con anterioridad al hecho cometido que será objeto del proceso
- b)
- c) Juez independiente
- d) Juez imparcial
- establecido con anterioridad por la ley
- la garantía del juez natural y, dentro de ella, la predeterminación, no alcanza a la exigencia que las autoridades sean establecidas antes del hecho por el que se juzga a una persona, sino a que sean anteriores al inicio del juicio
- sin conocer ni resolver el fondo de la causa,
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.3. Sobre la preservación del derecho al trabajo de los servidores públicos
- III.4. Principio de presunción de veracidad
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA