SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0889/2019-S2
Fecha: 01-Oct-2019
i)
Rose Mary Pinto Pinto, Vocal del Tribunal Disciplinario Departamental Permanente de Potosí, presente en audiencia a través de su abogado, señaló que: i) No es evidente que haya formado parte de un tribunal especial como sostiene el accionante, debido a que su designación como Vocal, viene de una orden general de destinos, que se halla previsto en el art. 24 de la Ley 101, que establece: “Las y los miembros de los Tribunales Disciplinarios, Fiscal General, Fiscales departamentales, Fiscales Policiales ; y, el personal de apoyo serán designadas o designados por la orden General de Destinos. Durarán en sus funciones hasta dos gestiones anuales”; ii) El impetrante de tutela denunció falta de fundamentación en la RA 039/2017; sin embargo, la misma no es cierta y efectiva, puesto que dicha Resolución fue deliberada con mucha discusión y revisada de manera íntegra, razón por la cual, fue confirmada en apelación iii) Sobre la vulneración al derecho al trabajo, dicha denuncia tampoco es evidente, debido a que el accionante tenía fuente laboral como miembro de la Policía Boliviana, pero de manera oficiosa, negligente, irresponsable e incumpliendo la ley, a simple pedido del reo, decidió ir al domicilio de éste, produciendo la fuga del mismo, por cuyo motivo fue objeto de un proceso disciplinario y sancionado conforme a ley, no siendo evidente la lesión del referido derecho.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- Fragmento 5
- Fragmento 6
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso y su aplicación al ámbito administrativo sancionador
- 2)
- III.2. Sobre el derecho al juez natural
- a) Juez predeterminado, se entiende por tal a la autoridad cuya jurisdicción y competencia es determinada por el ordenamiento jurídico con anterioridad al hecho cometido que será objeto del proceso
- b)
- c) Juez independiente
- d) Juez imparcial
- establecido con anterioridad por la ley
- la garantía del juez natural y, dentro de ella, la predeterminación, no alcanza a la exigencia que las autoridades sean establecidas antes del hecho por el que se juzga a una persona, sino a que sean anteriores al inicio del juicio
- sin conocer ni resolver el fondo de la causa,
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.3. Sobre la preservación del derecho al trabajo de los servidores públicos
- III.4. Principio de presunción de veracidad
- CONFIRMAR
- MAGISTRADA