SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0894/2019-S4

Fecha: 09-Oct-2019

III.3.3. Respecto a la denuncia de la omisión de pronunciamiento sobre jurisprudencia constitucional citada por el accionante.

La impetrante de tutela acusa ausencia de motivación y fundamentación en la emisión del Auto de Vista 179/2018, señalando que los Vocales demandados no emitieron pronunciamiento sobre jurisprudencia relativa al plazo de la etapa preliminar en el proceso penal, que citó en el recurso de apelación al rechazó del incidente que planteó; al respecto debe aclararse que, la debida motivación y fundamentación de una Resolución en alzada se considera cumplida cuando exista una explicación clara de las razones y motivos de lo determinado por el Tribunal de apelación en la medida que el fallo sea racional a los ojos del justiciable y del ciudadano común, no siendo un requisito a cumplir la cita o pronunciamiento sobre citas jurisprudenciales realizadas por las partes, pues únicamente el argumento jurisprudencial es exigible ante casos análogos –precedente–; por consiguiente, el agravio expresado, no deriva en vulneración alguna del derecho al debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación, por lo que debe denegarse la tutela impetrada en relación este aspecto.