Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2019-S4
Fecha: 16-Oct-2019
denegó
La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante 02/2019 de “17 de abril” (lo correcto es 20 de mayo), denegó la tutela solicitada con el argumento de que el art. 11 del Reglamento para la Elección de Oficiales de Registro Civil en ciudades Capitales de departamentos y otras ciudades y centros urbanos más poblados, comprende una facultad propia administrativa del Tribunal Supremo Electoral y no se constituye en una norma de carácter genérico que revista el imperio de legalidad; por lo que concurre la causal de improcedencia prevista en el art. 66.4 del Código Procesal Constitucional (CPCo).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de cumplimiento
- 4. En procesos o procedimientos propios de la administración, en los cuales se vulneren derechos y garantías constitucionales, tutelados por la Acción de Amparo Constitucional.
- incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley
- CONFIRMAR