SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0911/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0911/2019-S2

Fecha: 01-Oct-2019

III.1.  Sobre la prioridad, alcance y contenido esencial del interés superior de la niña, niño o adolescente en el marco constitucional y normativo

El Preámbulo de la Constitución Política del Estado, claramente establece que Bolivia es un Estado basado en el respeto e igualdad entre todos, con principios de soberanía, dignidad, complementariedad, solidaridad, armonía y equidad donde predomine la búsqueda del “vivir bien”, constituye la justificación declarativa del paradigma del vivir bien, citado expresamente en los principios, valores y fines del Estado (art. 8.II de la CPE). La trascendencia de dicha declaración luego se impregna en el catálogo de derechos fundamentales y en ese orden, específicamente cuando la Norma Suprema aborda los derechos sociales y económicos, refiriéndose expresamente a los instituidos en la “SECCIÓN V DERECHOS DE LA NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD”.

En atención a los derechos antes referidos, la Constitución Política del Estado inicia delimitando que una niña, niño o adolescente es una persona menor de edad, determinación que debe ser entendida en concordancia con el art. 144.I de la CPE, en cuanto a la edad para el ejercicio de la ciudadanía que expresamente ha sido establecida en dieciocho años. En lo sucesivo (art. 59 de la Noma Suprema), el constituyente desarrolló los derechos de las niñas, niños y adolescentes, con especial énfasis en la premisa de desarrollo integral, que supone un ámbito físico, social, emocional, mental y espiritual. No es un elemento de menor importancia, que el constituyente asigne la categoría de desarrollo integral como directriz ordenadora del mejor ejercicio de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. En ese mismo orden de ideas, Cabanellas, sobre el derecho a la integridad personal, señala que se concibe como un conjunto de condiciones físicas, psíquicas y morales, que le permiten al ser humano su existencia, sin sufrir ningún tipo de menoscabo en ninguna de sus tres extensiones (física, psíquica y sexual).